Transporte accesible
No tengo obra social
OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD O DESARROLLO SOCIAL EN MATERIA DE TRANSPORTE ACCESIBLE
El Ministerio de Salud o Desarrollo Social de cada provincia debe cubrir de manera total e integral (100%) transportes que sean accesibles para las personas con discapacidad cuando ellas no tengan obra social o prepaga (arts. 4 y 13 de la ley 24.901).
Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia (según corresponda) o ante sus equivalentes a nivel local (secretarías, direcciones, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.
Dónde asesorarme
Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia (según corresponda) o ante sus equivalentes a nivel local (secretarías, direcciones, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.