Pensión no contributiva

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD TIENEN DERECHO A CONTAR CON UN NIVEL DE VIDA ADECUADO Y A LA PROTECCIÓN SOCIAL SIN DISCRIMINACIÓN

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En Argentina existe el programa de pensiones no contributivas por “invalidez”, cuyas beneficiarias son personas con discapacidad. El Decreto 432/97 (modificado por el Decreto 843/24) establece los requisitos y las incompatibilidades para que una persona pueda ser beneficiaria de esta prestación.

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Recordá que el trámite se inicia en línea y que para ello necesitás contar con una “Clave de la Seguridad Social”. Para crear tu clave, ingresá acá.

Si iniciaste el trámite para obtener la pensión y no obtuviste respuesta, te la negaron, o si percibías la pensión y te la suspendieron pese a haber cumplido los requisitos previstos en la normativa vigente, podés reclamar.

Iniciaste el trámite para obtener la pensión y aún no tenés respuesta

Solicitaste la pensión y te la negaron

Percibías la pensión y te la suspendieron

Algunos de los requisitos que establece el Decreto 432/97 (modificado por el Decreto 843/24) son contrarios a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y el Poder Judicial los declaró inconstitucionales.

Por eso, si te negaron o suspendieron la pensión por: no cumplir con el 66% de “incapacidad laborativa”, poseer vínculo laboral formal, tener parientes obligados/as a proporcionarte alimentos, poseer bienes u otros ingresos que permitan tu subsistencia, podés reclamar argumentando que el rechazo de una pensión no contributiva fundada en dichos requisitos es contrario a la CDPD y ha sido declarado inconstitucional por diversos juzgados y tribunales del país.

PERCIBÍAS LA PENSIÓN Y TE LA SUSPENDIERON EN BASE A UN REQUISITO INCONSTITUCIONAL

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