Apoyos para la vida independiente
No tengo obra social
OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD EN MATERIA DE APOYOS PARA LA VIDA INDEPENDIENTE
El Ministerio de Salud de cada provincia debe cubrir de manera total e integral (100%) los apoyos que necesiten las personas con discapacidad sin obra social o prepaga para el desarrollo de una vida independiente (arts. 4, 35 y 39, inc. d de la ley 24.901).
Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud de tu provincia o ante su equivalente a nivel local (secretaría, dirección, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.
Dónde asesorarme
Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud de tu provincia o ante su equivalente a nivel local (secretaría, dirección, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.