Inclusión laboral
No tengo obra social
OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD EN MATERIA DE PRESTACIONES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL
El Ministerio de Salud o Desarrollo Social de cada provincia debe cubrir de manera total e integral (100%) las prestaciones que necesiten las personas con discapacidad sin obra social o prepaga para ejercer su derecho al trabajo en igualdad de condiciones (arts. 4, 17, 23, 35 y 36 de la ley 24.901)
Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia (según corresponda) o ante sus equivalentes a nivel local (secretarías, direcciones, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.
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Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia (según corresponda) o ante sus equivalentes a nivel local (secretarías, direcciones, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.