Apoyos para la inclusión escolar

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Tengo obra social

OBLIGACIONES DE LAS OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS EN MATERIA DE APOYOS PARA LA INCLUSIÓN ESCOLAR

Las obras sociales y prepagas están obligadas a cubrir en forma total e integral (100%) los apoyos que necesiten las personas con discapacidad para la inclusión en la escuela común (arts. 2 y 17 de la ley 24.901).

Si luego de solicitar la cobertura, tu obra social o prepaga la niega, la interrumpe o la provee irregularmente (por ejemplo, no asegura la presencia del personal de apoyo la cantidad de horas requeridas, no cubre el/la profesional que necesitás o discontinúa los pagos), podés reclamar para que cumpla con su deber.

Dónde asesorarme

Si luego de solicitar la cobertura, tu obra social o prepaga la niega, la interrumpe o la provee irregularmente (por ejemplo, no asegura la presencia del personal de apoyo la cantidad de horas requeridas, no cubre el/la profesional que necesitás o discontinúa los pagos), podés reclamar para que cumpla con su deber.

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