Dispositivos comunitarios de salud mental
Tengo obra social
Alternativas al reclamo ante la obra social o prepaga
Acción judicial
ACCIÓN JUDICIAL
Una alternativa a la vía administrativa, es la judicial.
Si tu obra social o prepaga no contesta tu solicitud de cobertura de la prestación, la niega expresamente u ofrece una cobertura que no responde a tus necesidades, podés interponer una acción de amparo incluyendo un pedido de medida cautelar.
Dónde asesorarme
RECORDÁ
- Es importante contar con el rechazo de la cobertura por escrito.
- No es requisito haber reclamado administrativamente ante la Superintendencia de Servicios de Salud o ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia.
- Si tu obra social es nacional, son competentes los Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.
- En el caso de las empresas de medicina prepaga, a partir de la sanción de la ley 26.682, se entiende que son competentes los tribunales ordinarios (no federales) en lo Civil y Comercial de la provincia o nacionales de CABA, por tratarse de una relación de consumo.
- Necesitás representación de un/a abogado/a. Consultá acá lugares de patrocinio jurídico gratuito.