
Inclusión laboral
Tengo Obra Social
OBLIGACIONES DE LAS OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS SOBRE PRESTACIONES DE CAPACITACIÓN Y/O INCLUSIÓN LABORAL
Tu obra social o prepaga está obligada a cubrir en forma total prestaciones vinculadas con el ejercicio de tu derecho al trabajo (arts. 23 y 35, Ley 24901).
Si luego de solicitar la cobertura, tu obra social o prepaga la NIEGA, la INTERRUMPE de forma injustificada o la PROVEE IRREGULARMENTE (por ejemplo, no te brinda la prestación que necesitas), PODES RECLAMAR para que lo hagan correctamente.

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Si luego de solicitar la cobertura, tu obra social o prepaga la NIEGA, la INTERRUMPE de forma injustificada o la PROVEE IRREGULARMENTE (por ejemplo, no te brinda la prestación que necesitas), PODES RECLAMAR para que lo hagan correctamente.
