Transporte accesible

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No tengo obra social

OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD O DESARROLLO SOCIAL EN MATERIA DE TRANSPORTE ACCESIBLE

El Ministerio de Salud o Desarrollo Social de cada provincia debe cubrir de manera total e integral (100%) transportes que sean accesibles para las personas con discapacidad cuando ellas no tengan obra social o prepaga (arts. 4 y 13 de la ley 24.901).

Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia (según corresponda) o ante sus equivalentes a nivel local (secretarías, direcciones, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.

Dónde asesorarme

Para solicitar la prestación, podés presentar una nota ante el Ministerio de Salud o Desarrollo Social de tu provincia (según corresponda) o ante sus equivalentes a nivel local (secretarías, direcciones, etc.). Si no obtenés una respuesta favorable o requerís una solución urgente, podés presentar una acción judicial.

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