Pensión no contributiva

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La percibías y te la suspendieron en base a un requisito inconstitucional

PERCIBÍAS LA PENSIÓN Y TE LA SUSPENDIERON EN BASE A UN REQUISITO INCONSTITUCIONAL

Si eras beneficiario/a de la pensión no contributiva por “invalidez” y te la suspendieron por no cumplir con el 76% de “incapacidad laborativa”, ser extranjero/a con menos de 20 años de residencia efectiva en el país, tener cónyuge que reciba una pensión o jubilación, tener parientes obligados/as a proporcionarte alimentos o poseer bienes u otros ingresos, podés reclamar ante la Agencia Nacional de Discapacidad o interponer una acción judicial, argumentando que la suspensión fundada en dichos requisitos ha sido declarado inconstitucional por diversos juzgados y tribunales del país. Aunque la acción judicial se puede intentar sin necesidad de recurrir a la Agencia, se recomienda reclamar primero ante ella y, solo si ese reclamo no resuelve la situación, acudir a la Justicia.

Dónde asesorarme

Si eras beneficiario/a la pensión no contributiva por “invalidez” y te la suspendieron por no cumplir con el 76% de “incapacidad laborativa”, ser extranjero/a con menos de 20 años de residencia efectiva en el país, tener cónyuge que reciba una pensión o jubilación, tener parientes obligados a proporcionarte alimentos o poseer bienes u otros ingresos, podés reclamar ante la Agencia Nacional de Discapacidad o interponer una acción judicial, argumentando que la suspensión fundada en dichos requisitos ha sido declarado inconstitucional por diversos juzgados y tribunales del país. Aunque la acción judicial se puede intentar sin necesidad de recurrir a la Agencia, se recomienda reclamar primero ante ella y, solo si ese reclamo no resuelve la situación, acudir a la Justicia.

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